Dos direcciones, dos caminos

La traducción de sentencias va en los dos sentidos, y lo primero es identificar cuál es el tuyo, porque cambia todo lo demás:

  • Una sentencia extranjera que quieres usar en México —por ejemplo, un divorcio dictado en Estados Unidos—. Se traduce del idioma de origen al español.
  • Una sentencia mexicana que necesitas hacer valer en el extranjero —por ejemplo, una resolución de un juzgado de Jalisco para un trámite en otro país—. Se traduce del español al idioma de ese país.
AspectoExtranjera → MéxicoMexicana → Extranjero
Idioma de la traducciónAl españolAl idioma del país destino
Quién apostillaEl país de origenLa autoridad mexicana
Quién la reconoceTribunal o autoridad mexicanaLa autoridad del país destino

Sentencia extranjera para usar en México

Una sentencia dictada fuera de México está en otro idioma y bajo otro sistema legal. Para que una autoridad mexicana —un juez, el Registro Civil, un banco— le dé efectos, necesita estar traducida al español por perito traductor. El orden es: apostilla en el país de origen (o legalización consular si no es país de La Haya) y luego traducción certificada al español, incluyendo la apostilla.

Traducir no siempre basta: si solo necesitas acreditar un hecho (por ejemplo, que estás divorciada para volverte a casar), normalmente alcanza con la sentencia traducida y apostillada. Si necesitas ejecutar algo en México (cobrar, embargar, hacer cumplir una custodia), suele requerirse además un proceso de homologación o exequátur: un juez mexicano reconoce la sentencia extranjera para que tenga fuerza aquí. Tu abogado define cuál es tu caso; nosotros nos encargamos de que la traducción cumpla en cualquiera de los dos.

Sentencia mexicana para usar en el extranjero

El camino se invierte. La sentencia mexicana se apostilla en México ante la autoridad competente —para resoluciones de tribunales estatales, normalmente la Secretaría General de Gobierno del estado— y se traduce al idioma del país donde la vas a presentar. El reconocimiento ya no depende de México: lo define ese país según sus propias reglas, y conviene confirmarlo con un abogado allá antes de empezar.

Ojo con el requisito de traductor del país destino: algunos países solo aceptan traducciones hechas por un traductor jurado o certificado local. Antes de traducir, confirma si tu trámite acepta una traducción hecha en México o exige una del país destino. Te orientamos sobre esto para que no pagues dos veces.

Casos más frecuentes

  • Divorcios dictados aquí o allá que se quieren inscribir o hacer valer en el otro país.
  • Custodia y pensión alimenticia resueltas en una jurisdicción y aplicables en otra.
  • Sentencias mercantiles que reconocen un crédito o condenan a un pago transfronterizo.
  • Adopciones y otros actos del estado civil resueltos por un tribunal y usados en otro país.

Errores que vemos seguido

  • Traducir antes de apostillar: la apostilla queda sin traducir y la autoridad rechaza el expediente. Pasa en las dos direcciones.
  • No confirmar el requisito del país destino al llevar una sentencia mexicana afuera, y que exija traductor local.
  • Traducción incompleta: omitir constancias de ejecutoria o sellos que la autoridad sí revisa.
  • Terminología procesal mal vertida: figuras de un sistema legal traducidas sin criterio jurídico cambian el sentido de la resolución.

Cómo lo manejamos en LINGUAS

El proyecto lo coordina una abogada, así que la terminología procesal y las figuras de cada sistema legal se traducen con criterio jurídico —que es donde fallan las traducciones genéricas—. Trabajamos en ambos sentidos (al español y a otros idiomas), de la mano de tu abogado, y te orientamos sobre el orden de la apostilla y sobre si el país destino exige un traductor local, antes de que gastes de más.